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El juego de la sobrerepresentación

Imaginemos un país donde el equilibrio político se tambalea debido a las ventajas legislativas otorgadas a ciertos partidos. Este escenario no es ficticio, sino una realidad que afecta la esencia misma de la democracia.
Isidro Aguado Santacruz Archivo

"La política mexicana, a menudo, no es más que un teatro donde se representan los intereses de unos pocos, mientras el pueblo sigue esperando un cambio real."_ - Octavio Paz

Por: Isidro Aguado Santacruz

Imaginemos un país donde el equilibrio político se tambalea debido a las ventajas legislativas otorgadas a ciertos partidos. Este escenario no es ficticio, sino una realidad que afecta la esencia misma de la democracia. En 1996, las reformas legales otorgaron a los partidos políticos una sobrerepresentación en la Cámara de Diputados, alterando significativamente el panorama político.

Los partidos principales han sacado provecho de la sobrerepresentación que la normativa les concedió en la Cámara de Diputados tras las reformas de 1996. Estas normas establecen que ningún partido puede tener más de 300 diputados por ambos principios, y que la diferencia entre el porcentaje de escaños obtenidos por cada partido y el voto nacional no puede exceder los ocho puntos porcentuales (artículo 54, CPEUM). Esta reforma tenía como objetivo reducir la sobrerepresentación y evitar que un solo partido dominara con las amplias mayorías del partido hegemónico de la época.

Aún está por definirse la configuración final de la LXVI Legislatura. En primer lugar, corresponde al INE llevar a cabo la asignación inicial de escaños de representación proporcional tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado. En segundo lugar, es tarea del TEPJF resolver las controversias que se presenten. No obstante, desde el día de las elecciones se prevé una considerable sobrerepresentación del partido oficialista en el futuro Congreso.

El vínculo entre los votos y las victorias por mayoría relativa en la Cámara no es directo: obtener más votos no siempre significa ganar más escaños. Aunque nuestro sistema electoral incluye 200 escaños de representación proporcional, estos solo mitigan, pero no eliminan, el sesgo de sobrerepresentación provocado por los 300 escaños de mayoría relativa en la Cámara. Los límites a la sobrerepresentación establecidos en 1996 han sido una solución imperfecta, ya que solo se activan de manera contingente.

Permítanme llevarlos por un repaso de algunos comicios en los que hubo una disparidad entre el porcentaje de votos obtenidos por un partido o alianza y el porcentaje de escaños que consiguieron en la Cámara. En 2006, cuando el PAN mantuvo la Presidencia en esa elección disputada, el partido logró el 35.3% de la votación válida para diputados. Los partidos que apoyaban a López Obrador, PRD, PT y Convergencia, obtuvieron el 31.2%.

El PRI junto con el PVEM, su entonces aliado, consiguió el 29.4% de los votos.
Al asignar los diputados plurinominales, el PAN logró en 2006 el 41.2% del total.
El PAN, que no formó coalición, tuvo una sobrerepresentación en la Cámara de 5.9 puntos porcentuales.

En contraste, el PRI y sus aliados solo obtuvieron el 24.6% de los legisladores, lo que significa una subrepresentación de 4.8 puntos porcentuales.
Ahora, veamos la elección de 2012, cuando el PRI y su aliado, el Verde, ganaron la Presidencia.
Recibieron el 40% de los votos válidos para diputados.

Sin embargo, la asignación de diputados plurinominales les permitió obtener 241 diputados. Esto significó que obtuvieron el 48.2% de los escaños. Tuvieron una sobrerepresentación de 8.2 puntos porcentuales, ligeramente por encima de lo que la Constitución permite para cada partido. El PAN quedó subrepresentado, pues ganó casi el 26% de los votos y obtuvo el 22.8% de los escaños. En las legislaturas de 2012 y 2015, Morena no tenía la capacidad de frenar reformas constitucionales acordadas por otras fuerzas políticas.

Pero no se reformó el artículo 54 de la Constitución para limitar la sobrerepresentación a 8 puntos porcentuales. Hubiese sido suficiente añadir dos palabras al texto para establecer una regla que ahora se discute en tribunales. Los partidos, hoy opositores, pudieron hacerlo y no lo hicieron.

No lo hicieron porque tanto el PAN como el PRI habían sido beneficiados por la sobrerepresentación y pensaban que la redacción ambigua del artículo, tal y como estaba, les podría favorecer.

En el año 2018 todos sus cálculos fallaron. En las elecciones de hace seis años, Morena y sus aliados (PT y PES) obtuvieron el 45.2% de los votos válidos para diputados.

La asignación les permitió alcanzar el 61.6% de los escaños en la Cámara. Es decir, hace seis años se beneficiaron con una sobrerepresentación de 16.4 puntos, no muy lejana de los 20 puntos que buscan ahora. Luego 'robaron' a otros diputados y lograron la mayoría calificada.

La alianza del PRI con el Verde y el Panal obtuvo el 24.8% de los votos válidos para diputados, pero solo obtuvieron 63 escaños, el 12.6% del total, lo que significa una subrepresentación de 12.2 puntos porcentuales.

No hay que confundir la discusión actual.

La sobrerepresentación puede gustarnos o no; podemos considerarla injusta o no. El resultado inevitable es que algunos votos para diputados valen más que otros. Eso se deriva de la Constitución.

El tema legal relevante es si la limitación de 8 puntos porcentuales como máximo que fija la Constitución corresponde a los partidos individualmente o es aplicable para las coaliciones.

La formación de alianzas electorales facilita que los partidos obtengan más victorias. Sin embargo, las coaliciones pueden emplearse de manera estratégica para evitar los límites impuestos a la sobrerepresentación. La táctica consiste en utilizar la alianza electoral para distribuir las victorias de mayoría relativa entre los partidos aliados, de tal manera que la fuerza política principal no alcance los topes de sobrerepresentación: de esta forma, se transfieren triunfos del partido predominante hacia los partidos más pequeños.

La sobrerepresentación legislativa es una cuestión crítica con serias repercusiones, ya que una mayoría calificada puede desactivar numerosos contrapesos constitucionales. Corresponderá al Tribunal Electoral determinar si avala la distribución realizada por el INE en las próximas semanas o si implementa alguna medida correctiva, como aplicar el límite de sobrerepresentación a las coaliciones u otra acción similar. No obstante, esto implicaría contradecir sentencias anteriores en las que este límite solo se ha impuesto a los partidos políticos y no a las coaliciones. Las consecuencias de la decisión del INE y el Tribunal serán, en realidad, las consecuencias de la decisión de los partidos hoy opositores, que no modificaron ese artículo cuando podían hacerlo... porque pensaban que podrían beneficiarse de ello.

Para concluir, el juego de la sobrerepresentación revela la hipocresía que subyace en la política mexicana. Este fenómeno no solo desdibuja la representación equitativa, sino que también pone de manifiesto las contradicciones y las estrategias de poder que dominan el panorama político. Así es como funciona la política en México: un escenario donde las reglas se adaptan según el interés del momento y la justicia se convierte en un mero concepto abstracto. Excelente fin de semana.