Estados Unidos solicita panel por Maíz Genéticamente Modificado (GM)
Dr. Ignacio Casas Fraire*
El 17 de agosto de 2023, Estados Unidos presentó una solicitud contra México bajo el Tratado T-MEC, relacionado con medidas sobre el maíz genéticamente modificado (GM). A pesar de haber realizado consultas técnicas y de solución de controversias entre Estado-Estado, no se alcanzó un acuerdo. EE. UU. argumenta que las medidas de México contravienen disposiciones del T-MEC, específicamente los Capítulos 9 y 2, que tratan sobre Medidas Sanitarias y Fitosanitarias y sobre Trato Nacional y Acceso al Mercado, respectivamente.
El eje de la contienda radica en dos medidas específicas adoptadas por México que, según Estados Unidos, resultan contrapuestas al T-MEC:
I. La primera medida se refiere a la prohibición impuesta por México sobre el maíz GM destinado a la nixtamalización y la producción de harina, una decisión crucial para la producción de la tradicional tortilla mexicana. Dicha prohibición se originó en un decreto que establece diversas acciones relacionadas con el glifosato y el maíz GM. Esta regulación, que se refleja tanto en el Decreto del Maíz como en el marco jurídico mexicano que supervisa la importación y venta de productos GM, ha suscitado preocupaciones en Estados Unidos.
II. La segunda medida implica una instrucción que manda a las autoridades mexicanas a reemplazar, de manera gradual, el maíz GM empleado en la alimentación animal y en otros consumos humanos que no estén vinculados a la nixtamalización o producción de harina.
La argumentación de Estados Unidos se centra en que estas medidas transgreden múltiples disposiciones del T-MEC, particularmente los artículos 9.6.3, 9.6.6(a), 9.6.6(b), 9.6.7, 9.6.8, 9.6.10 y 2.11. Estos artículos, en esencia, enfatizan la importancia de basar medidas sanitarias en principios científicos y normas internacionales, así como garantizar que no restringen innecesariamente el comercio.
La reacción en Estados Unidos ha sido notable. Varios miembros del Congreso habían instado previamente a la Oficina del Representante Comercial de EE. UU. (USTR) a entablar un caso contra México por estas medidas. En este contexto, el 1 de junio de 2023, 62 congresistas firmaron una carta expresando su preocupación.
Por su parte, la Secretaría de Economía, en un comunicado emitido el mismo 17 de agosto, indicó que está preparada para defender la posición del país en este panel internacional. Enfatiza que la normativa mexicana es coherente con los compromisos asumidos en el T-MEC y que las medidas cuestionadas no tienen impactos comerciales adversos. Además, dejaron en claro que contarán con el apoyo de varias entidades gubernamentales especializadas, incluidas la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales, el Consejo Nacional de Humanidades, Ciencias y Tecnologías (Conahcyt) y la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris).
El proceso que sigue, conforme al T-MEC, es la designación de panelistas de una lista contemplada en el Capítulo 31 del tratado. Una característica fundamental de este mecanismo es que evita que una de las partes pueda entorpecer el procedimiento de resolución de controversias. Una vez designados los panelistas, existe un plazo definido: el Panel, conformado por 3 o 5 personas según lo que decidan las partes, tiene como máximo 150 días después de la última designación para emitir un informe preliminar. Posteriormente, deberán emitir el informe final en un plazo no mayor a 30 días, a menos que se decida lo contrario.
Este escenario pone de manifiesto la complejidad y sensibilidad de las relaciones comerciales bilaterales. Los resultados del panel podrían tener repercusiones significativas en la dinámica comercial entre estas dos naciones y en la percepción pública sobre los productos GM.
*El académico es Coordinador de la Licenciatura en Logística Internacional de CETYS Universidad en Campus Tijuana.