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La carta del "Mayo" ¿estrategia o desafío para Sheinbaum?

"Un Estado que cede sus principios por conveniencia deja de ser soberano para convertirse en vasallo."
Isidro Aguado Santacruz Archivo

Cuando José Manuel llegó a Texas en 1998, nunca imaginó que su destino cambiaría por un error judicial. Acusado de un crimen que no cometió, pasó años en prisión hasta que el gobierno mexicano intervino para garantizarle asistencia consular. Su caso no fue aislado. Según la Cancillería Mexicana, más de 18,000 mexicanos han sido arrestados en Estados Unidos en la última década, y alrededor de 54 enfrentan la pena de muerte. Pero, ¿qué sucede cuando la persona en cuestión no es un ciudadano común, sino un líder del crimen organizado?

Ismael "El Mayo" Zambada ha solicitado auxilio legal al gobierno de México mediante un documento de 33 páginas entregado en el Consulado de nuestro país en Nueva York. En esta misiva, el capo exige apoyo diplomático, protección frente a la posibilidad de una condena a muerte y la repatriación a territorio mexicano. Argumenta que su arresto se efectuó sin apego a los protocolos legales internacionales, por lo que califica su captura como un "secuestro transfronterizo".

El dilema radica en qué postura debe asumir la administración mexicana. La solución es clara: apegarse a los principios constitucionales y tratados internacionales ratificados por el Estado. La polémica, sin embargo, no gira en torno a la legalidad del caso, sino al uso político que se busca dar a este episodio.

De acuerdo con una encuesta de El Universal, la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo cuenta con un respaldo superior al 80%, un nivel de aceptación que sus adversarios han intentado minar con diversas narrativas. Si el gobierno proporciona asistencia consular a Zambada, será acusado de connivencia con el crimen organizado; si se niega a hacerlo, se argumentará que cede ante la presión de Estados Unidos. Este doble discurso de la oposición refleja un oportunismo político sin sustento jurídico.

El marco constitucional es claro: los derechos humanos son universales y no admiten excepciones. El artículo 14 de la Carta Magna establece el principio de legalidad y el debido proceso, mientras que los artículos 16, 19 y 20 garantizan la seguridad jurídica y el derecho a la defensa. Además, el derecho a la asistencia consular está protegido por el artículo 36 de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, suscrita tanto por México como por Estados Unidos.

Según datos de la Secretaría de Relaciones Exteriores, entre 2010 y 2023, México ha intervenido en 78 casos de connacionales sentenciados a pena de muerte en territorio estadounidense, logrando la conmutación de la pena en más del 60% de los casos. El país mantiene una postura abolicionista histórica reflejada en el Protocolo a la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que prohíbe la aplicación de la pena capital.

El argumento de Zambada sobre el "secuestro transfronterizo" no es novedoso. Casos previos, como el de Humberto Álvarez Machaín, quien fue capturado por agentes estadounidenses sin un proceso de extradición en 1990, han sido precedentes de este tipo de conflictos diplomáticos. Aunque la Suprema Corte de EE.UU. determinó que la jurisdicción norteamericana prevalecía sobre la forma en que fue detenido, el caso sentó un precedente en materia de soberanía.
A pesar de estos antecedentes, la doctrina legal de Ker-Frisbie, vigente desde 1886, establece que la manera en que un acusado es capturado no invalida su proceso judicial, lo que refuerza la imposibilidad de que México obtenga su repatriación. Además, Estados Unidos ha endurecido su legislación en materia de narcotráfico mediante la Ley Kingpin, lo que hace improbable que la solicitud de Zambada prospere en tribunales estadounidenses.

El papel del gobierno mexicano no es el de un mediador discrecional, sino el de un garante del orden jurídico. Defender los derechos de un connacional, independientemente de los delitos que se le imputen, no implica una posición de respaldo ni una concesión especial, sino el cumplimiento de una obligación internacional.

En un mundo donde la justicia internacional parece ser aplicada de forma selectiva, México debe sostener una posición firme basada en el derecho. Como lo advirtieron pensadores como Albert Camus y Robert Badinter, la pena de muerte no es justicia, sino venganza institucionalizada. El dilema no es sobre Zambada en particular, sino sobre los principios que definen el Estado de derecho en México y su relación con la comunidad internacional.

Adaptarse al compás de la vida no es tarea sencilla; en Cambio de ritmo, intento no perder el paso. Que tengas un excelente inicio de semana lector.