25/07/2023 16:07 / Uniradio Informa Baja California / Gobierno / Actualizado al 25/07/2023
- Es aprobada la reforma al Código Fiscal que tiene por objeto ampliar los supuestos de los lugares donde se podrán realizar las notificaciones personales de actos administrativos
- También se aprueba adición a Ley de ISSSTECALI, con el objeto de garantizar que autoridades cumplan con prestaciones de seguridad social necesarias para trabajadores, familiares y derechohabientes
MEXICALI.- Fueron aprobados por el Pleno, los Dictámenes No 168, 169, 170, 171, y 172 de la Comisión de Hacienda y Presupuesto que preside la Diputada Julia Andrea González Quiroz. en reciente sesión ordinaria.
Por veinte votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, se aprobó el Dictamen No. 168, que contiene la Iniciativa presentada por la Diputada Evelyn Sánchez, y que consiste en una reforma al artículo 69 del Código Fiscal del Estado. Se expone en el segundo considerando que, el objeto es ampliar los supuestos de los lugares donde se podrán realizar las notificaciones personales de los actos administrativos.
También fue aprobado, en este caso por veintiún votos a favor, dos en contra (Marco Blázquez y Moctezuma Martínez) y una abstención (Daylín Ruvalcaba), el Dictamen No. 169 de la Iniciativa signada por la Gobernadora Marina del Pilar Ávila Olmeda, con respecto a la Iniciativa que adiciona los Artículos 22 BIS y 125 BIS a la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Gobierno y Municipios del Estado de Baja California.
Según se expone en el considerando vigésimo de dicho dictamen, su objetivo es garantizar que las autoridades patronales y organismos públicos cumplan con las prestaciones de seguridad social que les corresponden y que son necesarias para los trabajadores, sus familiares y derechohabientes.
Luego se aprobó por veintidós votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, el Dictamen No. 170 de la Iniciativa de Decreto para desincorporar del patrimonio del dominio público del Estado e incorporar al patrimonio del dominio privado del mismo, el lote 13 manzana 1 de la colonia Desarrollo Urbano Dubái, de la ciudad de Mexicali, para su enajenación onerosa por licitación pública.
Esto en favor de las personas físicas o morales que reúnan los requisitos necesarios de acuerdo a las condiciones y modalidades de la Ley General de Bienes del Estado de Baja California, a un precio no menor al que fije la Comisión Estatal de Avalúos.
Asimismo, propone destinar el producto de la enajenación a las acciones prioritarias de la Administración Pública Estatal, a fin de que se otorguen respuestas oportunas a la sociedad, ampliar y mejorar los servicios que se proporcionan a las y los bajacalifornianos y al mejoramiento de infraestructura para brindar una adecuada atención a la ciudadanía, según se menciona en el considerando tercero de dicho dictamen.
En el mismo sentido de la votación fue aprobado el Dictamen No. 171 que se refiere a desincorporar del patrimonio del dominio público del Estado e incorporar al patrimonio del dominio privado del mismo, el lote 16 manzana 4, de la colonia Granjas Arcoíris, de Mexicali, para enajenarlo a título a favor del Instituto para el Desarrollo Inmobiliario y de la Vivienda (INDIVI).
Posteriormente se aprobó por veintiún votos a favor cero en contra y cero abstenciones el Dictamen No. 172 de la Iniciativa que reforma, adiciona y deroga diversos artículos de la Ley para Fomentar la Donación Altruista, en materia Alimentaria local, presentada por el Diputado Ramón Vázquez, con una reserva del mismo inicialista.
En el considerando primero, se establece que la presente Iniciativa tiene por objeto: Reformar los Artículos 1, 3, 4, 16, y 19 para regular, fomentar y hacer más dinámico el programa de donación altruista de alimentos y que los municipios a través del DIF se coordinen para coadyuvar en el otorgamiento de asistencia alimentaria.
Adicionar los Artículos, el 3 BIS y 16 BIS, el primero de ellos con la intención de enumerar los objetivos en materia de donación altruista de alimentos y el segundo incorpora y reconoce cinco supuestos como atribución de los Municipios en plena coordinación con el DIF Estatal.