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Constituye el derecho elemental a la alimentación y por consecuencia a la salud de los bebés en este periodo

Dip. Mayola Gaona propone instalar salas de lactancia materna en lugares públicos

Exhorta a la Gobernadora a que a través del Secretario de Salud, informe las políticas públicas para facilitarla, a través de la instalación de estos espacios

Sala de lactancia para madres trabajadoras en Mexicali
Sala de lactancia para madres trabajadoras en Mexicali CECyTE BC

01/11/2024 16:30 / Uniradio Informa Baja California / Gobierno / Actualizado al 01/11/2024

MEXICALI.- La Diputada María Yolanda Gaona Medina indicó que si bien, las mujeres son libres de amamantar en espacios públicos, como plazas comerciales, edificios de gobierno y parques, la realidad es que si se les provee de un área privada, higiénica y accesible, se les otorga la opción de hacerlo de forma mayormente cómoda.

En razón de ello, propuso que las y los legisladores de este Congreso, se unan al presente exhorto dirigido a la Gobernadora del Estado; Marina del Pilar Avila Olmeda para que, a través de su Secretario de Salud, Adrián Medina Amarillas, informe sobre las políticas públicas implementadas a efecto de promover y facilitar la lactancia materna, a través de la instalación de Salas de Lactancia.

Añadió que, no se desconoce la implementación de una Sala de Lactancia en el Edificio del Poder Ejecutivo, sin embargo, hace la presente solicitud en beneficio de las mujeres lactantes y sus bebés, para que las madres que salen de su hogar cuenten con dichos espacios para alimentarlos, en cualquier momento y lugar.

En su exposición de motivos, mencionó que la forma más primitiva que encontramos los seres humanos para nutrirnos y comenzar nuestro desarrollo desde el nacimiento, es mediante la lactancia materna, la cual constituye el derecho elemental a la alimentación y por consecuencia a la salud.

La Legisladora del PAN, señaló que en el marco legal en México, el artículo cuarto de la Constitución Mexicana establece que toda persona tiene derecho a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad, misma que el Estado garantizará, así como en los numerales 123, Apartado A, fracción V y Apartado B, fracción XI inciso C, que versan sobre la lactancia durante la jornada laboral.

De igual forma, se encuentra protegida en nuestro país, por un amplio marco legal como en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; la Ley General de Salud, así como en la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, entre otros ordenamientos.

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