Gobierno

Niegan amparo a García Luna para salir de bloqueo de la UIF

La Unidad de Inteligencia Financiera logró acreeditar la inclusión del exsecretario de Seguridad en la lista, tras una solicitud de la DEA
Genaro García Luna, exsecretario de Seguridad Pública en el gobierno de Felipe C EL UNIVERSAL
23-05-2023

(EL UNIVERSAL).- El Décimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito negó el amparo a Genaro García Luna, exsecretario de Seguridad Pública, contra su inclusión en la Lista de Personas Bloqueadas (LPB), efectuada por la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) en cumplimiento de una solicitud de carácter internacional.

En 2020, el exfuncionario, quien actualmente permanece en el Centro de Detención Metropolitana de Brooklyn, en Nueva York, promovió un juicio de amparo ante el Juzgado Décimo de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México contra el acuerdo de la UIF 286/2019 que lo incluyó en la LPB a solicitud de la Administración de Control de Drogas (DEA) por una investigación sobre lavado de activos.

El 16 de mayo de 2022, el Juez de Distrito emitió sentencia y señaló que México asumió el compromiso internacional de adoptar medidas de acción rápida.

Así como eficiente ante solicitudes extranjeras para congelar bienes relativos al lavado de activos, al financiamiento al terrorismo y al financiamiento de proliferación de armas de destrucción masiva, por ello se dio validez a la solicitud emitida por la DEA aportada por la UIF en el juicio de amparo.

Ante esta resolución, García Luna interpuso recurso, el cual fue admitido por el Tribunal Colegiado en el amparo en revisión 288/2022. En tanto, la UIF formuló agravios en adhesión para aportar elementos de convicción sobre la determinación emitida por el Juez de Distrito en el sentido de que existió un respeto a las garantías procesales del quejoso.

El 11 de mayo de 2023, el Tribunal Colegiado confirmó la resolución del Juez de Distrito y negó el amparo al establecer en identidad de razonamiento que la resolución fue apegada a derecho.

En la secuela procesal la UIF demostró que el origen de la inclusión a la LPB fue en cumplimiento a una obligación de carácter internacional en términos de los criterios establecidos por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

El lunes pasado, la Fiscalía General de la República (FGR) informó que obtuvo 61 órdenes de aprehensión en contra de personas vinculadas a contratos formalizados para penales federales en época de García Luna.

La dependencia obtuvo de un Juez de Control Federal, órdenes de aprehensión, en contra de Jonathan Alexis "N", Mauricio Samuel "N", así como servidores públicos y particulares, vinculados con delitos de peculado, operaciones con recursos de procedencia ilícita y delincuencia organizada.

De acuerdo con las investigaciones, estas personas se coludieron con el entonces titular de la Secretaría de Seguridad Pública Federal y sus socios Jonathan Alexis "N" y Mauricio Samuel "N", para saquear los recursos públicos del órgano administrativo desconcentrado prevención y readaptación social.

Esto con el objetivo de canalizar esos recursos ilícitos a empresas controladas por García Luna, sus socios y cómplices, tanto del sector público como del privado, a través de diez contratos ilícitos, por la suma de cinco mil 112 millones de pesos, que fueron sustraídos a través de diversas triangulaciones criminales a nivel internacional.

"Ya se ha solicitado la ficha roja para todos aquellos que se han fugado del país y se procederá a las solicitudes de asistencia jurídica internacional para obtener la devolución de los bienes saqueados de la nación", resaltó la FGR en esa ocasión.