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Sesiona Comisión de Participación Ciudadana y Educación Cívica del IEEBC

Resuelven respecto a una solicitud de plebiscito presentada por un ciudadano.

Sesiona Comisión de Participación Ciudadana y Educación Cívica del IEEBC
Sesiona Comisión de Participación Ciudadana y Educación Cívica del IEEBC IEEBC

por Redacción

04/03/2025 17:44 / Uniradio Informa Baja California / Gobierno / Actualizado al 04/03/2025

Resuelven respecto a una solicitud de plebiscito presentada por un ciudadano.

MEXICALI.- Integrantes de la Comisión de Participación Ciudadana y Educación Cívica del Instituto Estatal Electoral de Baja California (IEEBC), celebraron sesión pública en la que se aprobó el dictamen número 2 por el que se propone al Consejo General la verificación de requisitos legales del escrito de solicitud de plebiscito presentada por el ciudadano Juan José Orozco Rodríguez.

El consejero electoral y presidente de la Comisión, Abel Alfredo Muñoz Pedraza, comentó que el pasado 14 de febrero, Orozco Rodríguez, en su carácter de representante común de un grupo de ciudadanas y ciudadanos que se ostentan como promoventes, presentó ante oficialía de partes del IEEBC un escrito de solicitud de plebiscito.

En el escrito, se solicitaba someter a plebiscito los actos emitidos por el Poder Ejecutivo del Estado de Baja California relativos a la declaratoria de necesidad para otorgar una concesión para el uso, aprovechamiento y explotación de bienes del dominio público a fin de construir, operar, mantener y administrar un carril confinado del corredor Tijuana-Rosarito 2000.

Al respecto, Muñoz Pedraza señaló que la Ley de Participación Ciudadana del Estado de Baja California define un procedimiento para determinar la procedencia o improcedencia de la solicitud de plebiscito.

En ese sentido, la Comisión procedió a realizar un análisis de la solicitud para determinar si esta cumple con los requisitos que se citan el la Ley.

Derivado de lo anterior, se determinó que la solicitud presentada por el ciudadano no cumple satisfactoriamente con los requisitos exigidos por el artículo 16 en la Ley, al no contener la propuesta de pregunta a consultar, no adjuntar las firmas de apoyo de al menos el 0.5% de la Lista Nominal, ni tampoco presentar la solicitud y firmas de apoyo en los formatos aprobados por el IEEBC.

Finalmente, el presidente de la Comisión señaló que el dictamen será remitido al Consejo General para que, en sesión de pleno, emita sus consideraciones.