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Son 10 actividades susceptibles de revisiones fiscales para detectar lavado de dinero: especialista

Lavado de dinero Shutterstock
Octavio Fabela 16-09-2024

TIJUANA.- Existen diez actividades comerciales que son susceptibles de ser revisadas por la autoridad fiscal para detectar algún posible lavado de dinero, esos giros deben cumplir con requisitos que si fallan los harían acreedores a multas de hasta siete millones de pesos.

Jeaneth Ayala Jacobsen, contador público y especialista en la Ley de Lavado de Dinero, explicó que los negocios que revisa la autoridad tienen que ver con inmobiliarias, vehiculares, notarios, crédito y préstamo quienes deben registrar a sus clientes.

"Número uno: de verdad, contrata a un especialista en la materia. No debe ser una persona especialista en el área fiscal, tiene que ser alguien especializado en la prevención de lavado de dinero para actividades vulnerables. Dos: debes cumplir con la identificación del cliente y con tus avisos. Y número tres: eso no es todo, hay otras obligaciones que tu especialista debe comentarte.", dijo Jeaneth Ayala Jacobsen,

Detalló que en caso de algún error en la integración de los archivos de los clientes, la Ley Antilavado prevé multas que van desde el millón hasta los 7 millones según sea el monto de la transacción en la que se detecte la falla.

"Desde el primer día en que recibes la visita y tocan a tu puerta, debes asesorarte con un especialista. Si no contratas a un experto, te aseguro que la multa puede llegar a más de 50 millones de pesos.", explicó Jeaneth Ayala Jacobsen

Explicó que en México existen 130 mil sujetos obligados a investigar que sus clientes no aparezcan en las listas negras del Consejo de las Naciones Unidas, la Interpol, Oficina de Control de Activos Extranjeros y deben contar con un expediente en el negocio donde realizan la transacción.

"Te van a pedir información y documentación de tus clientes, por lo que es necesario identificarlos y revisar las listas negras, como las del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, Interpol, y OFAC, entre otras listas internacionales. Número dos: hay que integrar el expediente del cliente, es decir, su identificación, comprobante de domicilio y demás documentos que exige la ley antilavado. Pero lo más importante es enviar los avisos a la autoridad cada vez que se realice una actividad vulnerable.", comentó Jeaneth Ayala Jacobsen,