Sociedad

Acata INE sentencias del Tribunal Electoral del Poder Judicial

Instituto Nacional Electoral (INE) INE
02-06-2024

CIUDAD DE MÉXICO.- El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) dio cumplimiento a dos  sentencias dictadas por la Sala Superior y la Sala Regional Ciudad de México del  Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), que garantizan el  derecho al voto de nueve personas ciudadanas -dos con problemas de discapacidad  y siete cuidadoras- y, la segunda, en respuesta a un partido político. 

Por unanimidad se aprobó el acuerdo que instruye a la Dirección Ejecutiva del  Registro Federal de Electores realizar las acciones necesarias para contar con la  documentación electoral que permita a las personas emitir su sufragio, además de  que deberá coordinar con la Junta Local y juntas distritales de la Ciudad de México,  aquellas actividades necesarias para acudir a los domicilios y recabar su voto a más  tardar el 1 de junio. 

En sesión extraordinaria, las consejeras Dania Ravel, Claudia Zavala, Carla  Humphrey y Rita Bell López, así como el Consejero Martín Faz coincidieron en  señalar que la sentencia se acatará pese a las dificultades que trae consigo a unas  horas de iniciar la Jornada Electoral. 

Explicaron que la sentencia establece que las personas cuidadoras y las personas  con discapacidad podrían votar a través del Sistema de Voto Electrónico por Internet (SIVEI) que se implementó para el sufragio de las y los mexicanos residentes en el  extranjero "o alguna otra medida idónea para garantizar la accesibilidad de la  participación en las elecciones de las personas ciudadanas con discapacidad y sus  cuidadoras primarias residentes en el territorio nacional". 

Empero, previamente, estas personas habían rechazado el voto por internet, por lo  que, aunque se hará el esfuerzo de cumplir con la sentencia este 1 de junio,  avalaron que se establezca un plazo para hacerlo hasta las 17:00 horas del 2 de  junio, por ser la hora en la que se van a instalar las mesas de escrutinio y cómputo  del voto anticipado. 

Asimismo, que se acuda a los domicilios de las y los ciudadanos, acompañados de  la Oficialía Electoral y de representantes de partidos políticos. 

La segunda sentencia avalada por la autoridad electoral determina que el ciudadano  Sergio Alberto Estrada Cajigal Ramírez es elegible como candidato a diputado 

federal propietario por el principio de Mayoría Relativa postulado por la coalición "Fuerza y Corazón por México" en el distrito 01 del estado de Morelos. 

Pese a acusaciones de violencia familiar, la sentencia establece que la persona no  se encuentra suspendida en el ejercicio de sus derechos político-electorales por  determinación de una autoridad competente y, por tanto, puede seguir siendo  candidato y no es procedente la solicitud del partido político Morena de dejar sin  efectos la candidatura a un cargo federal de elección popular.