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Aprueban en CDMX "Ley Paola Buenrostro" para tipificar transfeminicidios

El transfemicidio se entiende como una manifestación extrema de la violencia de género.

El congreso de la Ciudad de México aprueba la llamada "Ley Paola Buenrostro" par
El congreso de la Ciudad de México aprueba la llamada "Ley Paola Buenrostro" par Agencia EL UNIVERSAL/Yaretzy M. Osnaya/EELG

por EL UNIVERSAL

18/07/2024 16:31 / Uniradio Informa Baja California / Sociedad / Actualizado al 18/07/2024

MÉXICO.- El pleno del Congreso de la Ciudad de México aprobó en lo general y en lo particular, con 45 votos a favor y uno en contra, la llamada Ley Paola Buenrostro para tipificar los transfeminicidios y castigarlos con una pena de 35 a 70 años de prisión.

La diputada Ana Francis López fue la encargada de presentar este dictamen que modifica el Código Penal, la Ley de Víctimas, el Código Civil y la Ley Orgánica de la Fiscalía capitalina.

"Desde la perspectiva de género, el transfemicidio se entiende como una manifestación extrema de la violencia de género y la discriminación que enfrentan las personas trans en una sociedad que refuerza las normas binarias de género y la sisnormatividad. Legislar el transfeminicidio representa un reconocimiento oficial de esta forma específica de violencia de género, evidenciando su existencia y su gravedad", apuntó.

Este dictamen especifica que comete el delito de transfeminicidio quien, por razón de identidad de género o expresión de género, prive de la vida a una mujer trans o a una persona cuya identidad o expresión de género, real o percibida, se encuentre dentro del espectro femenino de género.

De igual forma se señala para las actas de defunción de las personas transgénero, en caso de que sus familiares se negaren a realizar el trámite o pudieren vulnerar su identidad o expresión de género, dicha acta podrá ser tramitada por una persona que pertenezca a la familia social de la persona transgénero.

Asimismo, se precisa que, en el caso de la entrega del cadáver de alguna persona transgénero, si éste no es reclamado por sus familiares consanguíneos o en caso de que sí sea reclamado, estos pudieren vulnerar la identidad de género, expresión de género de la víctima o su dignidad humana, el cuerpo de ésta deberá ser entregado a su familia social.

Esta familia social serán aquellas personas que pertenecen al círculo más cercano de la víctima, es decir, amistades, compañeros o de trabajo o de vivienda o cualquier otra que tenga una relación estrecha y reconocida con la víctima.

Al hacer uso de la palabra, el diputado Temístocles Villanueva dejó claro que se le debe a las mujeres trans justicia, dignidad, visibilidad, memoria, restauración y no repetición. "Hoy asumimos la responsabilidad histórica que nos toca para dar el primer paso, en el largo camino que nos falta, para lograrlo".

Y añadió: "El dictamen que votamos ahora mismo no es otra cosa que un acto de justicia histórica, en atención a una demanda de las millones de mujeres trans y personas NBs allá afuera. Es por ello, que subo a pedir a todas y todos ustedes, que estemos a la altura de la representación que nos ha sido conferida, no hay tiempo que perder".