Cruces masivos a EU por BC se han incrementado casi 800%: DMAM
TIJUANA.- Los cruces masivos por Baja California han incrementado un 771% en los últimos cinco años y no disminuirán en tanto los procesos de asilo no sean ágiles, pues la desesperación de los migrantes favorece la operación de bandas de traficantes de personas y la aplicación CBP-One no ha dado los resultados esperados.
En entrevista, Enrique Lucero Vázquez, Director Municipal de Atención al Migrante (DMAM) en el Ayuntamiento de Tijuana, lamentó el incidente en el que dos embarcaciones se volcaron frente a Black´s Beach donde hasta el momento se tiene el conteo de 8 personas sin vida presuntamente de origen mexicano, sin embargo, le corresponderá a la Fiscalía, ya que ellos son el organismo encargado de la investigación.
"La trata de personas debe ser una prioridad para la fiscalía" expuso, ya que cada vez son más las personas que se enganchan con los traficantes, quienes los engañan y ponen en riesgo sus vidas en el intento por cruzar de forma ilegal a los Estados Unidos con la presunción de que al entregarse a la autoridad migratoria serán aceptados en asilo.
Comentó además que Baja California es la tercera entidad de México con mayor número de casos de trata de personas. La desinformación y la lentitud de los procesos de asilo en Estados Unidos han facilitado que los grupos delictivos abusen de los migrantes que se mantienen en un ambiente de desesperación cobrando entre 5 mil y 10 mil dólares con la promesa de lograr ingresar al vecino país.
"Un migrante desinformado y desesperado es vulnerable a caer en las manos de estos contrabandistas tenemos que atacar eso, lo mejor que podemos hacer es informar, por eso lanzamos la campaña 'No cruces el muro' para invitar a los migrantes, que no lo intenten hacer de esa manera", agregó.
Lucero Vázquez reiteró que hoy en día el ingresar de forma ilegal a Estados Unidos y entregarse a la patrulla fronteriza ya no es factor que permita la estadía en suelo norteamericano, ya que quienes se entregan, terminan siendo deportados por los estatutos del Título 42 y el Título 8.