06/09/2023 07:49 / Uniradio Informa Baja California / Sociedad / Actualizado al 06/09/2023
BAJA CALIFORNIA.- La Coordinadora Nacional de Protección Civil, Laura Velázquez Alzúa, emitió la declaratoria de Desastre Natural por la ocurrencia de lluvia severa, inundación fluvial y pluvial, y vientos fuertes del 18 al 20 de agosto de 2023 en 7 municipios del Estado de Baja California.
Solicitó a la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA), la corroboración de los fenómenos naturales perturbadores que acaecieron en los municipios de Ensenada, Mexicali, Tijuana, Tecate, Playas de Rosarito, San Felipe y San Quintín, por la ocurrencia de Huracán Hilary que arribó del 18 al 21 de agosto en el estado.
El 28 de agosto de 2023, la CONAGUA emitió su dictamen técnico donde se corroboró inundación fluvial e inundación pluvial los días 19 y 20 de agosto de 2023 para el municipio de Ensenada; por inundación fluvial e inundación pluvial los días 19 y 20 de agosto de 2023 y vientos fuertes el día 20 de agosto de 2023 para el municipio de Mexicali; por lluvia severa e inundación pluvial el día 20 de agosto de 2023 para los municipios de Tecate y Tijuana; por inundación pluvial el día 19 de agosto de 2023 para el municipio de Playas de Rosarito; por lluvia severa el día 19 de agosto de 2023 por inundación fluvial e inundación pluvial los días 18 y 19 de agosto de 2023 para el municipio de San Quintín; y por lluvia severa el día 19 de agosto de 2023, inundación fluvial e inundación pluvial los días 19 y 20 de agosto de 2023 para el municipio de San Felipe.
Posteriormente se llevó a cabo la sesión de instalación del Comité de Evaluación de Daños, en la cual el Gobierno del estado de Baja California presentó la solicitud de Declaratoria de Desastre Natural respectiva el día 29 de agosto de 2023.
Con base en lo anterior, se consideró procedente en este acto emitir la siguiente Declaratoria de desastre natural por la ocurrencia de lluvia severa.
La presente Declaratoria de Desastre Natural se expide para efectos de atender los daños desencadenados por fenómenos naturales perturbadores, de acuerdo con lo dispuesto por la Ley General de Protección Civil y los Lineamientos.
Además se publicará en el Diario Oficial de la Federación de conformidad con el artículo 61 de la Ley General de Protección Civil y su Reglamento, y en cumplimiento a lo dispuesto por el numeral 7 de los Lineamientos.